viernes, 13 de mayo de 2011

TRIBUNA ABIERTA

La matrícula no asegura la efectividad del derecho a la educación inclusiva
Por Tania Orihuela Gutiérrez
Publicado por Defensoría del Pueblo


Hablar de equidad respecto a la educación de personas con discapacidad no equivale solamente a promover su acceso a las escuelas ordinarias. Los prejuicios, la desinformación y los temores sobre su presencia, desenvolvimiento y rendimiento escolar son amenazas constantes que pueden afectar, de diversa manera, su escolaridad básica.

Por ello, la inclusión debe ir acompañada de acciones previas de sensibilización, información y orientación que corresponde realizar, principalmente, al Ministerio de Educación y las instancias de gestión educativa descentralizada: Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e instituciones educativas especiales y de otras modalidades.

Cuando se dio la Ley General de Educación y los Reglamentos de Educación Básica Regular y Especial, se reorientó la educación de las personas con discapacidad hacia una atención transversal, inclusiva y equitativa en escuelas de distintos niveles, modalidades y formas del sistema educativo general.

En el ámbito de las instituciones educativas, la inclusión implica un cambio estructural en la política, cultura y práctica mediante modificaciones en los instrumentos de gestión; la organización de recursos humanos, actividades y apoyos pedagógicos internos y externos como el Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE).

Del mismo modo, comprende la aplicación de adaptaciones de acceso y curriculares para asegurar la matrícula, el acceso, la permanencia, el buen trato, la participación plena y el logro de aprendizajes efectivos en consideración a las características, ritmos, intereses y estilos de aprendizajes de los estudiantes con discapacidad incluidos.

Estas medidas y acciones constituyen garantías y parámetros de calidad que posibilitan que dichos niños, niñas y adolescentes tengan mayores y mejores condiciones para el desarrollo de sus aprendizajes, cualidades, potencialidades y habilidades, en igualdad de oportunidades que sus pares.

Asimismo, permiten superar enfoques y prácticas pedagógicas homogeneizantes que por mucho tiempo han caracterizado el proceso de enseñanza y aprendizaje de la educación general, sin considerar la diversidad y pluralidad existente en el alumnado. En adición, propician la adquisición de valores mediante la interacción significativa entre todos los educandos acogidos en las aulas.

Finalmente, una inclusión responsable y de calidad requiere que las autoridades educativas de todo nivel aseguren el cambio planificado y presupuestado, así como la adopción de medidas que garanticen no solo la matrícula, sino también la permanencia y calidad de la atención que se brinde a los estudiantes con discapacidad.

De lo contrario, se estará promoviendo una simple colocación en aula, con el consiguiente riesgo de su deserción o repetición escolar debido a la falta de una respuesta pedagógica diferenciada y adecuada a sus necesidades educativas individuales y especiales.

En ese contexto, la Defensoría del Pueblo sigue abocándose a diversas líneas de intervención sobre la educación de las personas con discapacidad con el fin de defender y promover el derecho que les asiste a educarse en igualdad de oportunidades y sin discriminación, así como de contribuir e incidir en los objetivos de la actual política nacional sobre educación inclusiva.

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