viernes, 7 de enero de 2011

TRIBUNA ABIERTA

La reforma de la formación profesional
Por- Edhín Campos Barranzuela
Publicado en El Peruano

Hablar hoy de la formación profesional en nuestro país significa hacerlo de un tema altamente sensible y de urgente necesidad para el desarrollo y modernización de nuestra sociedad, proceso en el cual quienes la imparten, quienes la reciben, gestionan y ejecutan deben concordar altamente sus bondades, aprovechando al máximo la innovación tecnológica y replanteando sus fines y objetivos.

La pregunta que muchas veces se hace, es saber si efectivamente la formación se orienta no solo a la preparación para el empleo remunerado y bajo contrato, sino también a todas las otras formas de trabajo que es dable encontrar en las sociedades actuales.
Según la destacada pedagoga Lilian Hidalgo Benites, es posible afirmar que la formación profesional debería preparar a los estudiantes, no solo para el trabajo en todas sus formas y modalidades, sino también para la vida en comunidad, para comprender las relaciones sociales y de trabajo y actuar en forma transformadora
Se puede asegurar entonces que la formación profesional, es simultáneamente una formación para el trabajo y una formación para asumir una función proactiva como ciudadano solidario e identificado con la sociedad.

La Comunidad Internacional Magisterial define que la formación profesional es una actividad, cuyo objeto es descubrir y desarrollar las aptitudes humanas, para una vida activa, productiva y satisfactoria, en función de ello; quienes participen en la docencia para formar y capacitar a profesionales deberían comprender individual y colectivamente cuánto concierne a las condiciones y capacidades de trabajo y cuánto al medio social en el que nos desenvolvemos.
No hay que perder de vista que la formación profesional comprende simultáneamente tres aspectos:
–Es una actividad educativa que se orienta a proporcionar los conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para desempeñarse en el mercado de trabajo.
–Está vinculada a los procesos de transferencia, innovación y desarrollo de tecnología.
–Es un hecho laboral y, como tal, posee un lugar indiscutible dentro de las relaciones de trabajo.

La Constitución Política del Estado, en su artículo 23, garantiza que el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial, mediante políticas de fomento al empleo productivo y educación para el trabajo.
Esta norma consagra la protección, promoción y libertad de trabajo, no solo se trata de regular el derecho del trabajo, tradicionalmente entendido, sino que contiene también otro principio no declarado que va adquiriendo un contenido propio, en otros ordenamientos jurídicos, este es, precisamente, el derecho a la formación profesional.

Según el documento de trabajo de la Escuela de Post Grado de la Universidad Nacional de Piura, del Programa de Doctorado en Ciencias de la Educación, referido a las competencias profesionales y laborales, se señala que el reconocimiento de la formación profesional en nuestro ordenamiento jurídico constitucional, esta no se agota en la mera anunciación del derecho, sino que requiere el desarrollo de acciones concretas para hacerlo realmente efectivo.
Su plena vigencia depende también de prestaciones a cargo del Estado y además de los principales protagonistas de los mismos, las instituciones educativas, las personas jurídicas, la iniciativa privada.
En tal sentido, debemos precisar que debe fomentarse una permanente reforma de la formación profesional y esta cada día se debe ir transformando, pues constituye un factor de suma importancia para el progreso de nuestra sociedad.
En la era del conocimiento y ante el advenimiento de nuevas formas de organizar y gestionar la producción en las instituciones educativas y el propio trabajo productivo, debemos entender que la formación profesional no se encuentra ya dirigida a calificar solamente para el desempeño en un puesto de trabajo específico, sino que además se orienta a potenciar competencias aplicables a una variedad de situaciones laborales y áreas de ocupación. Se corre traslado.

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