viernes, 12 de noviembre de 2010

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Ejecutivo cuenta con jurisprudencia y evaluaciones que justifican la incorporación de 606 comunas más pobres del país al Plan Piloto de Municipalización

Ante las críticas y la demanda de la derogatoria del DS Nº 022-2010-ED en la que se incorporan 606 comunas más pobres del país al Plan de Municipalización de la Gestión Educativa, el viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, señaló que el plan de municipalización de la educación ha mostrado réditos interesantes y puntualizó que las evaluaciones realizadas al plan durante los años 2007, 2008 y 2009 han permitido que el plan ingrese a la fase de la expansión progresiva. “Estamos en la fase de expansión porque las evaluaciones han sido contrastadas y ahora estamos en un proceso de sistematización con la UNESCO”.

En conversación con el programa radial HABLAEDUCACIÓN, Díaz Chávez explicó que el objetivo de los incorporar 606 municipios más pobres del país, fue dar inicio a un proceso de preparación y acompañamiento de capacidades para poder “profesionalizar” a las comunas en el manejo de estas políticas públicas a través de medidas muy prácticas y ya probadas. “No se trata de un fardo cerrado ni de un encargo sino de un procedimiento destinado a desarrollar en estos municipios las capacidades para asumir la gestión de la educación en jurisdicciones donde no existe ninguna presencia educativa oficial. Creemos que es posible lograr que el gobierno local como expresión del estado en su primer nivel cercano a la comunidad pueda desarrollar estas políticas si le damos las oportunidad, herramientas y acompañamiento”

Respecto a la ilegalidad e inconstitucionalidad de la norma señalada por diversas instituciones, el viceministro señaló que el ejecutivo cuenta con una jurisprudencia monumental y contundente que justifica la intervención directa para desarrollar medidas a favor de la descentralización en el marco del desarrollo del Estado. “Hay políticas nacionales que es de estricta competencia del ejecutivo como la descentralización que es un proceso que no está concluido. No sólo en la Constitución Política podemos encontrar con claridad las competencias del Estado peruano para descentralizarse sino en la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de municipalidades”.

Además dijo que “El fallo del Tribunal Constitucional del mes de marzo del año 2007 se señala de forma categórica y contundente que se establece que de acuerdo al artículo 195 de la Constitución los gobiernos locales están facultados para desarrollar y regular actividades y servicios en materia de educación, salud y vivienda. Nos encontramos frente a atribuciones de naturaleza indiscutible e irrenunciable otorgadas por el propio poder constituyente”.

Díaz Chávez, aseveró que la medida se realizó a petición de los que dirigen el programa Juntos, por la necesidad de trabajar aspectos de forma multisectorial para lo cual se necesitaba fortalecer la presencia del Ministerio de Educación. “En el programa hay datos que deben ser trabajados de forma multisectorial, como por ejemplo el garantizar que el padre de familia por el bono que reciba matricule a su hijo y que se pueda garantizar que termine sus estudios”.

Finalmente, remarcó que entre los avances del plan de la gestión educativa se ha logrado que entre las 35 comunas se desarrollen modelos educativos adecuados a la zona como en los distritos de Amarilis en Huánuco, Paucartambo en Cusco, Independencia en Ancash, San Juan Bautista en Ayacucho.

1 comentarios:

La Tierra 13 de noviembre de 2010, 21:25  

Yo tengo paciencia para analizar la data de las 606 escuelas,mínimo que las publiquen en la web del MED,un comisario político no puede descalificar las opiniones de los expertos,o estamos en el Soviet,del que tanto reniegan.

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