viernes, 9 de abril de 2010

TRIBUNA ABIERTA

Ley 29510: Contra la profesión docente y su representación gremial
Por Sigfredo Chiroque
Publicado en Tarea

La Ley 29510 (24-03-2010) exceptúa “del requisito de colegiación… a los profesionales con títulos distintos al de educación”. De esta manera, se relativiza la profesión magisterial y su correspondiente representación gremial.

La vigente Ley General de Educación había señalado lo siguiente: “En Educación Básica es requisito indispensable el título pedagógico para el ejercicio de la docencia. Profesionales con títulos distintos de los profesionales en educación, ejercen la docencia si se desempeñan en áreas afines a su especialidad. Su incorporación en el escalafón magisterial está condicionada a la obtención del título pedagógico o posgrado en educación” (Art. 58º). Este ultimo párrafo –de alguna manera- no guarda coherencia con la Ley que norma al Colegio de Profesores del Perú (CPPe) que ordena la obligatoriedad de la colegiación para ejercer la docencia; pero para colegiarse se necesita tener título pedagógico.

En los últimos decenios, la relativización de la profesión docente ha sido preconizada por múltiples personas; pero no prosperó en el país. Esto hasta que, en el 2009, cuatro bancadas del Congreso de la República (nacionalistas, apristas, fujimoristas y de Unidad Nacional) presentaron proyectos de Ley en esta dirección. La coincidente iniciativa parlamentaria sólo tenía alcance en el sector privado. En la sesión parlamentaria del pasado 4 de marzo, la congresita Mercedes Cabanillas propuso su ampliación al sector público. Ella dijo: “No podemos privar a la escuela pública al igual que a la privada de determinados profesionales…”. Nadie se opuso a la medida, por el contrario la apoyaron y se aprobó con el voto de todas las bancadas. Podían ingresar a la docencia, sin formación pedagógica previa, cualquier profesional. Y esto alcanza al sector público y privado.

Importa señalar que el sector educación es una realidad compleja. En términos de análisis y práctica, necesariamente se requieren respuestas multidisciplinarias. Psicólogos, administradores, médicos, sociólogos, economistas, abogados, etc. tienen cabida en educación. La cuestión central no está, entonces, en la presencia de otros profesionales en el sector, sino en que ellos ejerzan la docencia sin mayor preparación, bajo el pretexto que manejan contenidos educativos de manera especializada. Esto, por ejemplo, se da en el flamante “Colegio Mayor”.

Es evidente que la Ley aprobada no ha pasado por el criterio pedagógico:

• Históricamente, la profesión docente surgió no solamente porque importaba tener un grupo especializado de personas a cargo del proceso formativo de las nuevas generaciones; sino porque este grupo debería tener y manejar una didáctica, o manera de enseñar y promover aprendizajes.
• La educación tradicional tenía un soporte muy importante en el “manejo de los contenidos” y –claro está- en esto los profesionales especializados tienen ventajas respecto a los docentes. La pedagogía contemporánea reconoce que los acelerados cambios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) determinan “contenidos educativos” en permanente revisión. Por eso, uno de los propósitos fundamentales de la educación Siglo XXI ya no es que los estudiantes “aprendan contenidos vigentes ahora”, sino fundamentalmente “aprendan a aprender”.

Por otro lado, los mejores profesionales no docentes, difícilmente vendrán a la escuela pública por una remuneración de alrededor de 1050 nuevos soles. Y aunque llegasen sus limitaciones formativas no son un prerrequisito para mejorar en calidad-equidad-pertinencia en la educación de nuestro Pueblo. Si el aporte de estos profesionales (no idealizados, sino concretos) que vienen al Sector fuese sustantivo, ya se harían sentir; puesto que unos 6700 se encuentran ahora trabajando como docentes en el sector público.

No se trata de satanizar el aporte de otros profesionales en educación, ni tampoco magnificar el hecho de que el título pedagógico es garantía de calidad. Ni lo uno, ni lo otro. Se trata de reconocer los aportes y límites de cada profesión en el proceso formativo de la población. La nueva Ley promulgada relativiza la profesión docente y también la pertenencia al Colegio de Profesores del Perú.

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