miércoles, 27 de enero de 2010

LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA Y EL DECRETO LEGISLATIVO 882

La actual situación crítica de la educación universitaria en nuestro país demanda subrayar los principios forjadores de las instituciones educativas:
1 El saber es patrimonio de la humanidad y por tanto debe estar al alcance de todos.
2 La educación es la vía por la cual el individuo se desarrolla integralmente y se incorpora a la cultura a la cual pertenece, por ello su calidad interesa tanto en la construcción de la persona como de la sociedad.
3 La educación es una función que corresponde a la sociedad en su conjunto y a cada persona en particular. Los sistemas formales son apenas una parte del proceso formativo.
4 La educación es un derecho ético y un acto socio-psico-motor. La dedicación a la enseñanza es una de las actividades más excelsas a las que se puede dedicar una persona. Como deber y derecho de todos no puede ser objeto de lucro, entendido como la acumulación de riqueza en manos particulares. La docencia es un acto excelso que toda persona puede realizar desde que su meta es el hombre mismo, no el enriquecimiento material. (Es necesario distinguir el reconocimiento al trabajo docente, de la avidez acumuladora de capital por empresas que dispondrán de tales recursos para inversiones ajenas al mejoramiento de la educación a pesar de que ha sido ésta la fuente de dichos ingresos).
5 El Estado, en representación de la sociedad a la que pertenece, tiene la obligación de proveer lo necesario para que todos tengan acceso indiscriminado a la educación. Para ello debe considerar la financiación de la enseñanza como uno de los medios para cumplir con la distribución equitativa de la riqueza nacional.
6 El propósito de brindar igualdad de oportunidades a todos obliga a que tanto las instituciones educativas públicas como las privadas impartan una educación de óptima calidad.
7 En un país multiétnico y multicultural como el Perú la inversión pública debe asegurar que las distintas poblaciones reciban el mejor servicio educativo teniendo en cuenta sus particulares características y condiciones.
El reconocimiento de estos principios y de la condición deficitaria de la educación peruana ha preocupado a personas e instituciones diversas. Esto se pone de manifiesto cuando observamos que los medios de comunicación masiva dedican cada vez mayores espacios a reclamar un cambio en la política educativa de nuestro país.




En noviembre de 1996 el ex rector de una universidad nacional y ex presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, por entonces mandatario del Estado, en uso de la delegación de funciones que le hiciera el Congreso de la República, promulgó el Decreto Legislativo 882 destinado a incentivar la creación de centros educativos de todo nivel con el claro propósito de comercializar el servicio educativo. Firmaron el decreto junto con el principal responsable, el primer ministro Pandolfi y el ministro de educación Palermo. Se consumó de esta manera la campaña llevada a cabo por individuos interesados en lucrar con la educación. Fue así como la codicia quedó instalada en la educación peruana.
Hasta antes del D.L. 882 existían en el Perú dos clases de universidades las públicas y las privadas, las primeras creadas por el Estado y las segundas por particulares. Unas y otras realizaban su función educativa enmarcada en normas que no permitían el lucro. Entre las privadas destacaban, y destacan, la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad Peruana Cayetano Heredia, la Universidad de Lima y la Universidad del Pacífico, todas ellas reconocidas nacional e internacionalmente por su excelente calidad académica.
El nuevo dispositivo legal dio lugar a la creación de un número indiscriminado de universidades, institutos superiores y filiales que han llevado a la educación superior al caos en que actualmente se encuentra, con 92 universidades, de las cuales, 56 son privadas, 34 filiales autorizadas y más de 500 filiales clandestinas (Abril de 2009). Francia con una población de 63.713.926 habitantes contaba en el año 2007 con 85 universidades, nuestro país supera ese número de universidades con una población que llega ese mismo año a 28.220.764 habitantes. Similar situación se encuentra cuando se compara al Perú con España y con otros países desarrollados.
Dados los altos fines de la educación superior, la creación de instituciones universitarias requiere tener en cuenta los requisitos que éstas deben cumplir para actuar en beneficio de las personas y del país.
Para ello consideramos que estas instituciones deben disponer de:
1 Estudios que demuestren la necesidad local y nacional de los profesionales que se pretenda formar. La actual saturación en campos como la educación y abogacía hacen innecesaria la creación de más carreras en esas disciplinas, solo como ejemplo.
2 Personal altamente calificado capaz de cumplir con las funciones básicas de la universidad, tanto de la investigación, la docencia y la acción social, como para ejercer la organización y gestión de la institución. La preparación de docentes universitarios es una tarea compleja que requiere tiempo y dedicación por parte de la propia persona del docente y de la institución universitaria a la que pertenece. No es posible garantizar calidad en tantas universidades si no se cuenta con recursos humanos con trayectoria y acreditación suficiente.
3 Infraestructura, equipamiento y materiales apropiados para la enseñanza de cada una de las carreras. A modo de ejemplo, las carreras de la salud requieren bibliotecas, laboratorios, anfiteatros y campos clínicos en centros, postas de salud y hospitales. Es imposible que las decenas de facultades de medicina, odontología, enfermería y obstetricia creadas al amparo del D.L. 882 puedan contar con dichos recursos.
4 Un clima académico que contribuya a la formación integral de los alumnos. Instituciones creadas con fines de lucro transmitirán como fundamentales – aun sin proponérselo- los valores materiales, en detrimento de la formación integral que atiende al desarrollo de la persona así como para el desarrollo y bienestar de la sociedad a la que pertenece.
5 Una organización institucional que respete el derecho de las personas y estimule el cumplimiento de sus deberes dentro de un ambiente democrático ajeno a toda clase de discriminación. En la misma línea, deberá cumplir estrictamente con la justa promoción de los docentes y la elección democrática de sus autoridades.
6 Recursos para cumplir con la tarea de investigación como eje sustancial de su quehacer, que debe comprometer a profesores y alumnos a lo largo de la vida universitaria. En un país donde hay tanto por descubrir y crear, la investigación constituye un deber de la universidad respecto del desarrollo económico, social y cultural del Perú. En una institución cuyo fin es el negocio y el correspondiente lucro, la investigación queda necesariamente fuera de lugar, desde que requiere gastos que afectarían el rendimiento económico que generalmente priorizan los “dueños de la empresa educativa” Un estudio realizado por CONCYTEC en el 2003 encontró que del total de universidades entonces existentes solo CINCO investigaban.
7 Recursos para cumplir con sus actividades de proyección o acción social. Estas actividades, que ponen a la universidad en contacto directo con la realidad del país, constituyen uno de sus tres pilares fundamentales, requieren de claridad ética respecto de la obligación de la institución frente a las necesidades de las poblaciones carentes de la debida atención por parte del Estado. Tratándose de actividades de extensión cultural dirigidas a la población en general, éstas requieren gastos que no reditúan beneficios económicos. Una “empresa educativa”, creada para producir excedentes y distribuir utilidades, carecerá de la determinación política que se requiere para cumplir con este deber institucional.
8 Vías para activar relaciones interinstitucionales, tanto nacionales como internacionales. El intercambio académico es fundamental en el nivel universitario para mantener la actualización de los conocimientos. Los convenios y acuerdos facilitan el trabajo asociado y el intercambio de profesores y alumnos. La pertenencia a instituciones académicas internacionales facilita el mantenimiento de relaciones productivas. Ello es posible cuando la institución posee un prestigio reconocido por la calidad de sus graduados, su producción científica original, publicada en revistas indexadas y la solvencia ética personificada en el prestigio de sus autoridades y profesores. La universidad empresa puede, en razón de su poder económico, lograr contactos internacionales que, seguramente, serán con empresas similares, pero no con las instituciones de mayor prestigio, que son aquellas que operan sin fines de lucro, sean públicas o privadas.
Si las cosas siguen como hasta ahora, preguntémonos, en qué manos va a caer la salud y la vida de las personas, qué arquitectos e ingenieros construirán las casas y edificios para que no se desplomen al menor temblor, qué ingenieros construirán el sistema vial que contribuya a la integración territorial de la Nación, qué abogados defenderán a los necesitados de justicia, qué magistrados administrarán justicia sin dejarse manipular por el poder político o económico, qué economistas conducirán el desarrollo del país, qué maestros formarán a las futuras generaciones, o ¿qué políticos habrán de encausar el progreso del país?
Es claro que no contamos con un exceso de profesionales altamente calificados en las distintas ramas del saber y de la acción profesional, ¿qué será de la nación si esta condición se agrava con la aparición de miles de profesionales incompetentes y carentes de la debida formación ética?
Por todo ello, crear una universidad requiere un alto sentido de responsabilidad frente a la Sociedad y al Estado. Tal responsabilidad tiene claros fundamentos éticos y morales que no pueden ser soslayados.
En el Congreso de la República la ex ministra de educación Mercedes Cabanillas ha presentado el proyecto de ley N° 2340/2007-CR “para suspender temporalmente la creación de nuevas universidades privadas con la finalidad de proteger a la juventud peruana que con entusiasmo y sacrificio asiste a centros superiores que no tienen la infraestructura adecuada, recibe una educación de baja calidad y, luego de su titulación, sufre para encontrar trabajo porque su mala formación no le permite competir con profesionales egresados de universidades con reconocido prestigio académico”
Si bien el proyecto de la congresista Cabanillas cumple como medida de emergencia, no alcanza a solucionar el problema a largo plazo, comenzando porque deja para más tarde la evaluación de las creadas bajo la sombra del D.L.882, sin modificar su condición de empresas con fines de comercialización sostenida por la estructura del negocio. Por otra parte, se ha visto que instituciones destinadas a regular la educación superior como es el CONAFU, ven desautorizadas sus resoluciones mediante acciones de amparo, que los jueces fácilmente admiten ateniéndose exclusivamente a los aspectos literales y formales, haciendo caso omiso al daño que están ocasionando a la educación peruana. Es así como una sola empresa ha diseminados filiales por todo el territorio nacional, abusando, entre otras cosas, de la llamada educación a distancia.
Frente a tan desastrosa realidad, y en la búsqueda de soluciones creemos necesario, por una parte, derogar el DL. 882 y por la otra, plantear la urgencia de elaborar una nueva ley universitaria que corresponda a los principios éticos antes señalados.
FORO EDUCATIVO, como institución de la sociedad civil sin fines de lucro, con 17 años de vida al servicio de la educación peruana, hace un llamado a las universidades nacionales y particulares creadas antes de enero de 1997, para intercambiar reflexiones y puntos de vista a favor del ordenamiento de la educación superior. Así mismo, reclama del Estado que el Congreso de la República, responsable de cuidar la legislación del país, preste atención a su Comisión de Educación a fin de que contemple y perfeccione el proyecto de ley de la congresista Cabanillas, o lo sustituya con otro que tenga en cuenta la situación a largo plazo. Reclamamos por parte del Ejecutivo la disposición favorable para dar trámite inmediato al proyecto de ley de derogatoria del D.L.882 que provenga del Parlamento. En cuanto al Poder Judicial, que se disponga lo conveniente para limitar la utilización de las medidas de amparo que hacen imposible cualquier intento de ordenamiento. Así mismo, que el ministerio de educación, atienda los problemas que le corresponden en el área de la educación superior no universitaria, que padece del mismo desorden y enfrenta los mismos problemas a futuro, no obstante las medidas que se vienen tomando para corregir sus defectos.
Lima enero 2010
Grupo de Interés EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
FORO EDUCATIVO.

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